Boletin Extraordinario SC 04/04/2020
Como sabes, con el endurecimiento de las medidas de confinamiento hasta el próximo día 9, han aumentado considerablemente los controles de los desplazamientos por parte de las fuerzas armadas y las multas pueden llegar a ser muy gravosas, dado el estado de alarma. Con el fin de poder acreditar suficientemente el legítimo derecho de los autónomos a desplazarse por motivos profesionales, te RECOMENDAMOS que lleves contigo, mientras dure el actual estado de alarma, al menos alguno de los siguientes DOCUMENTOS:
– Copia del Alta en el Régimen Especial de Autónomos y/o justificante de pago de la última cuota.
– Copia del Alta Censal de Actividad (Modelo 036/037).
– O en su caso, carnet profesional o cualquier autorización oficial.
Y si has de desplazarte al domicilio de algún cliente:
- Contrato de servicios suscrito con el cliente, o bien nota de pedido, y en su defecto, fabricate una Hoja de Encargo específica que detalle el trabajo requerido, la ubicación y la actividad de tu cliente.
- En su caso, las comunicaciones (mail, sms, whatsapp u otros) con el cliente demandando el bien o servicio a prestar.
IMPORTANTE: DECLARACIONES PRIMER TRIMESTRE
Dado que incomprensiblemente este Gobierno no ha dado marcha atrás, y salvo sorpresas de última hora, se mantiene el plazo para las Declaraciones del primer trimestre (IRPF, IVA y SOCIEDADES), si no tenéis la posibilidad, u os resulta muy costoso, de remitir vuestros documentos contables en formato pdf, llamarnos para ponernos de acuerdo a la hora de recoger la documentación oportuna. Recordad que esta semana será corta (hasta el miércoles 9) y que ya no será laborable hasta el martes 14, por lo que el margen para confeccionar las declaraciones es mínimo.